Con fuerza al análisis anteriormente expuesto, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar extensión Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: declara sin lugar la recusación interpuesta por el ciudadano Gustavo Sirett Acevedo Campos, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Arnaldo Rafael Bucarello Guzmán, en fecha 27 de junio de 2018, en contra de la ciudadana Learsy del Barrio Vizcaya, en su carácter de jueza del Tribunal 4º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, extensión territorial Puerto Ordaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que los fundamentos señalados por el accionante no se ajustan a la causal prevista en el artículo 89 numeral 4 y 8 ejusdem.