DISPOSITIVA
Por los razonamientos previamente mencionados, este Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control, con sede en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en virtud de los hechos ocurridos 21 de noviembre de 2009, no revisten carácter penal, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 300 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.