V
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la Profesional del derecho Abogada Alisson Bruces, abogada en ejercicio ya identificada en autos, en contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero (1º) de Juicio en fecha 23-04-2014, que Negó la medida cautelar solicitada.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, en toda y cada una de sus partes la decisión de fecha 23 de abril del año 2014, dictada por el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
TERCERO: No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.-