Este órgano jurisdiccional DECLARO LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCIÓN de conformidad con lo establecido en los artículos ordinal 4º del 436, y 2º aparte del 438 ambos del Código Orgánico de Justicia Militar, y consecuencialmente se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, conforme a lo previsto en el Ordinal 6º del artículo 329 ejusdem, en concatenada relación con el numeral 3º del articulo 318 de Código Orgánico Procesal Penal, aplicable supletoriamente por remisión expresa del articulo 20 del Código Orgánico de Justicia Militar, seguida al ciudadano ROGER JOSE SANGRONIS COLINA, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.943.668, quien fuera plaza del Batallón de Policía Naval Nº 4, "CN. Juan Daniel Danels", a quien se le seguida proceso penal militar, por la presunta comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 Ordinal 1º y 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en consecuencia en su oportunidad legal, remítase la .....