Se declara SIN LUGAR la Apelación intentada por JOSE TABARES, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante en contra de la decisión de fecha 06 de marzo de 2008, emanada del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.