De conformidad con las Atribuciones establecidas en los artículos 555 y 527 literal "a" y 565, 566, 567 , 576 Y 578 literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, esta Juez Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente Resuelve:
Visto el acuerdo conciliatorio entre las partes en la causa seguida contra XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. Se suspende el proceso a Prueba por el lapso de Cuatro (4) meses. Y ASI SE DECLARA.