/EJECUCIÓN FALLO CONDENATORIO: EDGAR ANTONIO ARROYO: 4 AÑOS Y 6 MESES DE PRISIÓN, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN. Entró el 14.03.04 y salió el 30.04.04 permaneciendo detenido 1 MES Y 16 DÍAS; faltándole por cumplir 3 AÑOS, 10 MESES Y 14 DÍAS DE PRISIÓN. Por cuanto se trata del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO en grado de FRUSTRACIÓN, es decir que el hecho no se logró consumar en toda su totalidad, es criterio de este Tribunal no aplicar el artículo 493 del COPP, en consecuencia el penado puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena cumpliendo con los requisitos exigidos en el artículo 501 Ibidem y optar al Beneficio de Confinamiento cumpliendo con los requisitos exigidos en el artículo 52 del Código Penal. No podrá ser acordada la suspensión condicional de ejecución de la pena por haber sido condenado mediante la aplicación del procedimiento de admisión de los hechos y la pena impuesta excede de 3 años, de conformidad con el artíc.....