Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 decide librar ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano ELADIO ANTONIO CHOURIO GONZALEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-19.392.844, quien fue condenado en fecha 05/08/2015 y publicada en fecha 03/12/2015, por el Tribunal Militar Cuarto de Juicio a cumplir la pena de Un (01) año y tres (03) meses de prisión, por considerarlo autor y culpable en la comisión del delito militar de DESERCION, previsto en el artículo 523, 527 numeral 1° y sancionado en el artículo 528 del Código Orgánico de Justicia Militar; y una vez aprehendido la autoridad competente, lo debe poner a la orden de este Tribunal Militar, quien decidirá lo conducente.
Regístrese, líbrese la correspondiente orden de aprehensión y ofíciese a la Divi.....