Por las razones antes expuestas, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en Barquisimeto, estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY procede a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE la acusación fiscal, presentada ante este tribunal en fecha 17 de Abril de 2017, de conformidad con los artículos 1, 5, 13, 22, 107, 264, 308 y 313 numeral 2º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano acusado TENIENTE KLEIDERBERT JOSHUEPH PÉREZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad No. V-19.615.241, plaza del 354 Batallón de Reemplazo de Policía Militar, con sede en el Fuerte Terepaima, estado Lara, quien se encuentra incurso en la comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 524 numeral 4 (primer supuesto) y 525, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se admite de conformidad con el artículo 313 numeral 9º del Códi.....