DISPOSITIVA
Por los razonamientos arriba expuestos, este JUZGADO DECIMO DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA DE NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:  PRIMERO: Se decreta  el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano  JULIO CESAR ALVAREZ REYES; de nacionalidad Venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.777.956, Fecha de Nacimiento: 23-02-1.973, 36 años, Lugar de nacimiento: Carora - Estado Lara,  Hijo de Héctor Álvarez y Pastora de Álvarez; Estado Civil: casado; Profesión u Oficio: Representante de Sindicatos, Grado de Instrucción: 8vo grado de Educación Básica;  Residenciado en la Urbanización Francisco Torres, Calle 2, vereda 15, casa nº 32, color rosado, a media cuadra entrando por la vereda, Carora - Estado Lara. Teléfono: no refiere, solo en la presente causa seguida  por la comisión del  delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el articulo 41 de la L.....