Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Sin Lugar el Recurso de Apelación ejercido por la Abogada Maura Guzmán, Defensora Pública Penal 8° Suplente, actuando en asistencia del ciudadano acusado Oscar Gregorio Palacios, en el proceso judicial seguídole por su presunta incursión en la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado en ejecución de Robo Agravado, previsto en el artículo 406, ordinal 1° del Código Penal , con la agravante prevista en los ordinales 4° y 5° del artículos 77 ejusdem;; tal impugnación ejercida a fin de refutar la decisión dictada el 14-04-2010, por el Tribunal 1º de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, mediante la cual el A Quo donde Niega la Solicitud del Decaimiento de la Medida de Coerción Person.....