DISPOSITIVA
Este Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar con sede en Ciudad Bolívar. Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE a el acusado: XXXXXXX, Venezolano de 16 años de edad, nacido en fecha: 05-09-1990, hijo XXX Y XXX, titular de la cédula de identidad Nº XXXX, residenciado en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 455, 458 y 277, todos del Código Penal Vigente, perpetrado en perjuicio de los ciudadanos: COMERCIAL K Y G, Y LA COLECTIVIDAD, en consecuencia se ordena Libertad Plena al identificado adolescente, así como el cese le la medidas cautelares sustitutiva impuesta al identificado adolescente por el Tribunal de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes de Ciudad Bolívar. Se deja constancia que en el presente Juicio se cumplió con los .....