DISPOSITIVA:
Con fuerza a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: De conformidad con el artículo 300 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano YAMBER YAXAER MOGOLLÓN, titular de la cédula de identidad número V-18.736.295, quien fue plaza del 131 Batallón de Infantería "G/J Manuel Carlos Piar" con sede en el Fuerte Terepaima, municipio Palavecino, estado Lara, quien se encontraba investigado por la presunta comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 numeral 1 y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, en razón que se determinó en la fase de investigación que el hecho no se realizó. Se ordena publicar la notificación dirigida al Investigado en la entrada principal de .....