este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE, la acción de REIVEINDICACION, incoada por el ciudadano HUMBERTO JOSÉ CARRASCO, contra la ciudadana PURA ESPERANZA URQUEOLA MARTINEZ, todos antes identificados. No hay condenatoria en costa por la natural del fallo