DISPOSITIVA.
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Militar Segundo de Control con Sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por el Fiscal Militar actuante, ciudadano Primer Teniente ALU HUERTA SALVADOR, Fiscal Militar Auxiliar de La Guaira, en consecuencia se DECRETA la privación judicial preventiva de libertad del imputado Sargento Primero LUIS RICARDO REYES RIVAS, titular de la cedula de identidad Nº 14.691.948, plaza del Patrullero Guardacostas AB PAGALO (PG-15), por la presunta comisión del delito militar de Sustracción de Efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional, previsto y sancionado en el articulo 570 ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar, y por cuanto este tribunal considera que se encuentran llenos los extremos establecidos en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. A saber existe un hech.....