Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Gloria Elena Briceño Castillo, en su carácter de Fiscal Vigésima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en contra de la Sentencia proferida en el Juicio Oral y Público celebrado en fecha 10 de Agosto de 2010 y fundamentada el 04 de Octubre de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Accidental en Materia de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, solo en lo que respecta al pronunciamiento mediante la cual declaró inculpable al ciudadano Nagid Harami Domath, de la acusación interpuesta en su contra por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de Violencia Patrimonial, pr.....