Constatado como fue que en fecha 05 de Febrero del 2009, se recibió notificación a este Tribunal por parte de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de este Estado informando que el 04 de Febrero del 2009, Se Decretó el ARCHIVO FISCAL, conforme lo señalado en el artículo 315 del COPP; facultad esta que le fue conferida a la Vindicta Pública en atención a las normativas indicadas en los artículos 11, 24, 108 ordinal 5 de la Norma Adjetiva; verificado que reúne los requisitos establecidos en las normativas de Ley ya señaladas; este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: El Archivo de las presentes actuaciones que conforman la averiguación Nº 13-F4-397100, asimismo, quedando a salvo la posibilidad de reanudarse la causa, cuando surjan nuevos elementos. Termínese el asunto. En cuya causa se desconoce la identificación del imputado.
Notifíquese a las partes. Remítanse las actuaciones a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Públi.....