DESICIÓN
En base a las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Tercero Agrario, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Con lugar el recurso de apelación ejercido por el apoderado actor Ángelo Consales, Inpreabogado N° 44.129.
Se Revoca el auto de fecha 26 de noviembre del año Dos Mil Siete, objeto de la apelación.
Se ordena continuar con la sustanciación de la presente causa.
Se exime de condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Expídase copia certificada de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Tercero Agrario, en Barquisimeto, a los DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL OCHO. AÑOS: 197° Y 148°.