Se dictó sentencia declarándose: PRIMERO: NO ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuere declinada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. SEGUNDO: INCOMPETENTE para el conocimiento de la Demanda por Nulidad de Venta de un bien inmueble celebrada entre los ciudadanos Pablo Rodríguez Soto, Ramón José Vidal Pérez y Fady Kayyal Azar, incoada por la ciudadana LIGIA DE LOS ÁNGELES LÓPEZ contra los ciudadanos PABLO RODRÍGUEZ SOTO, RAMÓN JOSÉ VIDAL PÉREZ y FADY KAYYAL AZAR y contra el REGISTRO PÚBLICO DEL MUNICIPIO HERES DEL ESTADO BOLÍVAR, pidiendo la nulidad de dicha data registral.