En merito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO, presentado por la ciudadana YURIMAR CASTILLO debidamente asistida por la profesional del derecho Isis Pietrantoni, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.