DECLARO PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Mayor THIELEN JOSE BELLORIN CAMPOS, en su carácter de Fiscal Militar Cuadragésimo Sexto con Competencia Nacional, contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control con sede en Ciudad Bolívar, estado Bolívar, en fecha 09 de noviembre de 2015, mediante la cual revocó a petición de parte interesada la medida privativa judicial preventiva de libertad y en su lugar decretó la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano Teniente NIXON ANTONIO NOGUERA PERNIA, titular de la cédula de identidad Nº V-19.778.751, por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1°, del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: INADMISIBLES las pruebas promovidas por el recurrente, al no e.....