En razón de las precedentes consideraciones, esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano José Reinaldo Rangel Martínez, en su condición de agraviado, asistido por la abogada Rosa Rondon, contra del auto dictado en fecha 10 de diciembre de 2010, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Juicio, de este Circuito Judicial Penal, en el asunto KP01-O-2010-000120, mediante el cual Declaró Inadmisible la acción de amparo intentada, en virtud de no haber agotado la vía ordinaria para lograr su pretensión. Publíquese, regístrese.