Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Gran Sabana del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO solicitado por los ciudadanos IDETRIZ CAROLINE MADRID MURIA y SAIJOSHUA ALEJANDRO ABOLEZZ PEREZ, identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL de los ciudadanos: IDETRIZ CAROLINE MADRID MURIA y SAIJOSHUA ALEJANDRO ABOLEZZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-23.703.466 y v-27.684.895, que se perfeccionó entre ellos el día 08 de mayo de 2024, por ante el Jefe Civil, de la sede de Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, del Municipio Libertador del Distrito Capital, tal y como se evidencia del acta ce.....