Basándose en las consideraciones de hecho y de derecho, este Órgano Jurisdiccional, procede a emitir pronunciamiento de las solicitudes de las partes en los siguientes términos: este Juzgado Militar Quinto de Control con sede en la Ciudad de Maracay, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal: PRIMERO: De conformidad con el artículo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, Se Admite la Acusación y la precalificación jurídica presentada en contra del ciudadano Carlos Javier García Hermerida, titular de la cedula de identidad V-16.076.327, por el delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 570 Numeral 1° del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se admiten en su totalidad los elementos de prueba ofrecidos, y se declaran legales, lícitos, pertinentes y necesarios de co.....