DECLARO NULIDAD DE OFICIO del contenido de la audiencia preliminar ,realizada en fecha 01 de diciembre de 2010 y de los actos consecutivos que del mismo emanen o dependan, emanada del Tribunal Militar Décimo de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Maracaibo, estado Zulia, y realizar nuevamente la audiencia preliminar, prescindiendo de los vicios que ocasionaron la nulidad, ante un Juez de Control, distinto del que la pronunció, pero del mismo Circuito Judicial Penal Militar, en la causa seguida al ciudadano Cabo Segundo DUILIO NUÑEZ HERNADEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.438.982, a quien se le sigue juicio por los delitos de Abandono de Servicio, previsto en el artículo 534 y sancionado en el artículo 537 y Contra El Decoro Militar, previsto y sancionado en el artículo 563 en relación con los artículos 389 ordinal 1° y 390 ordinal 2°, todos del Código Orgánico de Justicia Militar.