Se dictó sentencia en la cual esta Corte Superior se declaró COMPETENTE para conocer la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana MARÍA ALEJANDRA ALTUVE, cédula de identidad Nro. V-13.525.041, representada por la Abogada TATIANA LAGUADO, Inpreabogado 114.048, por la presunta violación de Derechos y Garantías Constitucionales por parte de la Juez Unipersonal XIV de este Circuito Judicial, por sus actuaciones judiciales en el expediente número AP51-S-2009-018626; se declaró ADMISIBLE dicha Acción y en consecuencia se ordenó Notificar mediante boleta a la Dra. YAQUELINE LANDAETA VILERA, Juez Unipersonal XIV de este Circuito Judicial, al ciudadano HÉCTOR MANUEL NIÑO CUBILLOS, cédula de identidad número E- 82.071.626, en su caracter de tercero interviniente y al Fiscal del Ministerio Público. Finalmente se ordenó fijar la audiencia constitucional dentro de las 96 horas siguientes, una vez conste en autos la ultima de las notificaciones ordenadas.