este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta por la parte demandante recurrente, en contra de la Decisión de fecha 06/06/2011, dictada por el Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, Como consecuencia de ello se anula la Decisión de fecha 06/06/2011, dictada por el Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz. SEGUNDO: Prescrita la acción intentada por el ciudadano MAXIMILIANO PEREZ, por accidente de trabajo.
TERCERO: SIN LUGAR las indemnizaciones por enfermedad ocupacional, intentada por el ciudadano MAXIMILIANO PEREZ.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada las características del fallo.
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