Se publica sentencia mediante la cual se declara SIN LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano KENMER GARCIA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 113.925, apoderado judicial de la parte actora recurrente, en contra de la decisión dictada en fecha 12 de Marzo de 2009, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Laboral del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se CONFIRMA la referida decisión por las razones expuestas en este fallo; se declara prescrita la acción interpuesta por le ciudadano APOLINAR MILLAN GUEVARA por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, DAÑO MORAL Y OTROS. No hay condenatoria en costas.