Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto Abogado Jaime Rodríguez Carrasco, en su carácter de Defensor Público Primero Penal (01°) actuando en Defensa del ciudadano YOHALBERT AGUILAR; contra la decisión dictada en fecha 25 de Noviembre de 2016 y fundamentada en fecha 06 de Diciembre de 2016, por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual impuso Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano YOHALBERT AGUILAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, con base en lo establecido en el artículo 439 numeral 4° ejusdem. Regístrese y Publíquese.