de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Séptimo de Control en contra del penado SOLDADO ALBERTH JESUS CHIRINOS ARAMBULET, titular de la cedula de identidad C.I N° V18.438.957, quien fue condenado a una pena de UN (1) AÑO, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, más las penas accesorias establecidas en el artículo 407 numerales 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar; en lo que corresponde a la Inhabilitación Política por el tiempo de la pena y Separación del Servicio Activo. SEGUNDO: Como cómputo definitivo y realizada la rebaja del penado SOLDADO ALBERTH JESUS CHIRINOS ARAMBULET, quedando en consecuencia y de manera definitiva un restante de la pena por cumplir de UN (1) AÑO, CINCO (5) MESES .....