DECRETO: Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Militar Vigésima Tercera de Punto Fijo, signada bajo el Nº ACUSACION-026-11, en la cual acusa al ciudadano RUBÉN ANTONIO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.625.303, por la comisión del Delito Militar de DESERCION tipificado en los artículos 523, en concordancia con el ordinal 1ro del artículo 527 y sancionado en el artículo 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. Segundo: Se admiten totalmente las pruebas aportadas por la Fiscalía Militar Vigésima Tercera de Punto Fijo, así como también las aportadas por la Defensoría Publica Militar de Punto Fijo. Tercero: SE DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO por un lapso de siete (07) meses y quince (15) días contados a partir de la presente fecha, finalizando el 01 de Junio del año 2.013. Todo ello en base a lo establecido en el aparte único del articulo 24 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en co.....