Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el ciudadano SARGENTO PRIMERO (GNB) ABEL JOSUÉ PASTRAN MEJIAS, titular de la cédula de identidad Nº 16.210.508, plenamente identificado en autos, conforme a los artículos 250, 251 y 253 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse presuntamente Incurso en la comisión de los delitos militares de Lesiones entre Militares, contra el Decoro Militar y Negligencia, previstos y sancionados en los artículos 576 ordinal 3º, 565 y 538 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en perjuicio del ciudadano Alistado C/2 (GNB) Suárez Colmenárez Alfredo Wilson, titular de la cédula de identidad No. 22.168.658. Se acuerda proseguir la presente Causa por el Procedimiento Ordinario conforme lo previsto en el artículo 280 y siguientes d.....