DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, revisa la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada en contra del ciudadano Deivis Oscar Noguera Roo, ut supra identificado, por la presunta comisión del delito de Distribución Ilícita de Drogas, tipificado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, y en consecuencia se impone provisionalmente la medida sustitutiva consagrada en el artículo 256 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando detenido en su domicilio a órdenes de este despacho judicial. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese boleta de Libertad por arresto domiciliario al Director del Centro Penitenc.....