Con fuerza de los razonamientos antes expuestos, tanto de hecho, como de derecho, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de INTERDICTO RESTITUTORIO A LA POSESIÓN incoada por el ciudadano FÉLIX JOSÉ MORILLO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.919.238 contra el ciudadano FRANCISCO AYUSO GONZÁLEZ, de nacionalidad española, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. E-81.682.503.
SEGUNDO: No hay condena en costas por la naturaleza del fallo.
TERCERO: Notifíquese a las partes del presente fallo conforme a la sentencia N°RC-000243 de fecha 09/07/2021, mediante el uso de los medios tecnológicos de comunicación o los medios ordinarios previstos en la Ley.-