Por todos los razonamientos anteriormente expuestos y siendo obligación de este Órgano Jurisdiccional garantizar las resultas del presente proceso, con fundamento en los artículos 26, 55, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en acatamiento a las Jurisprudencias Patrias y de conformidad con lo previsto en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Militar Primero de Juicio ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara: SIN LUGAR la solicitud de Decaimiento de la Medida de Coerción Personal decretada por el Tribunal Militar Tercero de Control en fecha 10MAY13 al acusado PRIMER TENIENTE JONATHAN ROSALES ZAMBRANO, interpuesta por las ciudadanas abogadas MARIA FILOMENA FERRER, titular de la cédula de identidad N° V- 7.977.333, inscrita en el Instituto de Previsión Social bajo el Nº 183.578 y MARIA DE LAS NIEVES RINCON, titular de la cédula de identidad N° V- 10.407.008, inscrita en e.....