DECLARO: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto contra el auto que ratificó en la audiencia preliminar la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta al ciudadano Sargento Primero VICTOR JOSE RIZZO USTARIZ, conforme a lo previsto en el numeral 4 del artículo 437, al tratarse de una decisión recurrible; SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el ciudadano abogado CARLOS EDUARDO ZAMBRANO, en su carácter de defensor privado del ciudadano Sargento Primero VICTOR JOSE RIZZO USTARIZ, a quien se le sigue juicio por la presunta comisión de los delitos militares de Sustracción de Efectos Pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º, Abandono de Servicio, previsto y sancionado en los artículos 534 y 537 y Desobediencia, previsto y sancionado en los artículos 519 y 520, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, contra el auto de fecha 19 de junio de 2014, dictado por el Tribunal Militar Sex.....