Este Tribunal Militar Décimo de Control de Maracaibo, Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la petición fiscal y se RATIFICA LA DECISION DE FECHA 15 DE JULIO DE 2013, y SE MANTIENE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de la ciudadana imputada TENIENTE MAYKELYS YOLANNY ORDOÑEZ CALDERA, titular de la cédula de identidad número V-20.257.943, hasta tanto el representante del Ministerio Público Militar, presente el correspondiente acto conclusivo, por la presunta comisión de los delitos militares de INSUBORDINACIÓN Y ABANDONO DE FUNCIONES, previstos y sancionados en los artículos 512 numeral 1º, 513 numeral 2º y 534, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación con los Artículos 389 ordinal 1º, 390 ordinal 1º, eiusdem, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 257, ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.....