En fuerza de los razonamientos anteriores, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CON LUGAR la demanda de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA CIUDADANA TRINA NAVARRETE DE RON, que corre inserta en los libros de registro civil de nacimientos N° 06 folio 80, acta N° 595 del año 1943 y que corre inserta al folio tres (03) del presente expediente, en el sentido de corregir su primer apellido "NAVARRETI" siendo esto incorrecto pues, lo correcto "NAVARRETE", cuyo error se trata de subsanar y como en efecto se subsana.-