DECLARA: ANULA DE OFICIO la decisión dictada por el tribunal Segundo en función de Control de este mismo circuito Judicial Penal, donde fuere anulada la aprehensión efectuada al ciudadano CARLOS EDUARDO RUÍZ ZAMBRANO considerándola como Audiencia de Imputación, acordando Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa, prevista en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano imputado, ello de conformidad con los artículos 190, 191 y 195 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en sintonía con el artículo 13 ejusdem, por ser violatoria de normas de orden Constitucional, artículos 26, 49, ordinales 1, 2, 3, y 5, 257 y Procedimental, artículos 8, 125, 126, 130 y 131. En consecuencia se retrotrae la causa hasta el estado de un efectivo Acto de Imputación, es por lo que se ordena la remisión de la presente causa hasta la sede de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público. Así mismo, dada la ilegalidad de la aprehensión efectuada por los funcionarios polici.....