este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana: HILDEMAR COROMOTO BENSAYA BRICEÑO, quien era venezolana, mayor de edad, casada y quien portó Cedula de Identidad Nº V-3.538.085, a los ciudadanos: MARIA ALEJANDRA MONTILVA DE CHAVEZ, MARIA GABRIELA MONTILVA BENSAYA Y MARIA FERNANDA MONTILVA BENSAYA Y LUIS AREVALO MONTILVA MENDEZ, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad Nros: NºV-6.979.579, V- 6.979.578, V-12.421.754 y V-1.701.499, respectivamente Tómese debida nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal, déjese copia certificada mecanografiada y devuélvase original .....