Es por ello que este Tribunal Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por Concluido el Proceso y HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.
Se deja expresa constancia que la ciudadana Jueza presenció la entrega del instrumento Bancario identificado con el Nº 32176595 del BANCO BFC, en Cheque girado contra la cuenta corriente N° 0151-0122-91-1000158294, por la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 367.465,20) a nombre del KELVIN ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.808.609, el cual es recibido en este acto a su entera y cabal satisfacción.