DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Gabriel Pérez Collantes, en su condición de Defensor Público del ciudadano ANTONY AMARO CORONADO, contra la decisión dictada en fecha 09-04-2015, por el Juez del Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual niega por improcedente la fórmula alternativa de cumplimiento de pena consistente en Régimen Abierto, al penado Antony Javier Amaro Coronado, por incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debido a la incongruencia manifiesta entre las evaluaciones psicológica, criminológica e .....