-- III --
DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara con lugar la acción de DIVORCIO 185-A, instaurada por los ciudadanos BELKIS MARIA OCHOA OBISPO y CARMELO JOSE BARRIOS ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.521.371 y V-6.261.273, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 18 de Diciembre de 1991, por ante el Registro Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Federal, conforme se evidencia en acta de matrimonio, anotada bajo el No. 372 de los Libros de Matrimonios llevados por ese Organismo;
SEGUNDO: Se ordena participar del presente .....