En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, pasa a dictar los siguientes pronunciamientos:
Primero: Admite el recurso de apelación ejercido por el abogado José Gregorio Amundarain Velásquez, en su carácter de defensor de los imputados Dalningler Rafael González Romero y José Luis González Pacheco, conforme lo dispuesto en el artículo 447 ordinales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, el 4 de junio de 2009, en contra de la decisión dictada el 23 de mayo de 2009, por el Juzgado Trigésimo Segundo (32°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se impuso a los ciudadanos Dalningler Rafael González Romero y José Luis González Pacheco, medida judicial privativa de libertad, dictada de conformidad con los artículos 250 numerales 1, 2 y 3, 2.....