Hoy 17 de junio del 2008, siendo las 10:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el Alguacil JAVIER TORREALBA; quien señala que la parte actora ciudadano HECTOR JOSE ESCALONA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 12.068.258, no compareció; asistiendo solamente, por la demandada su apoderada abogada DAIMARYS TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.546; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 198° Y 149°.