Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: CON LUGAR el presente acto como el acto formal de imputación, en contra del ciudadano EX – MARINERO DISTINGUIDO JUAN CARLOS GOMEZ ESPINOZA, titular de la Cédula de Identidad N° 26.146.711, quien fuera plaza del Liceo Naval G/D. José Antonio Anzoátegui, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito militar de DESERCION, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1° y 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: CON LUGAR la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente Proceso, conforme a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: SIN LUGAR, la solicitud de la Fiscalía Militar en cuanto a la privativa judicial preventiva de libertad, en contra del Ciudadano: EX – MARINERO DISTINGUIDO JUAN CARLOS GOMEZ ESPINOZA.....