Mediante Resolucion Nº:PJ0252023000051, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en la sentencia Nro. la sentencia Nro. 1070 de fecha 9 de diciembre de 2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y la sentencia 136 de la sala civil de fecha 30 de marzo del año 2017, este Juzgador, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL contraído en fecha 07 de mayo de año 2010, conforme consta del Acta Nº 3 , Tomo II, Folio 3, año 2010, inserta en el Libro de matrimonio Civil llevado por el Registro por ese despacho en el año 2010, por los ciudadanos:JOSE LUIS CARRASQUEL DIAZ contra GARINEB MAORIT CABRERA MORENO La mujer .....