DECRETA PRIMERO: SE DECLARA DE OFICIO EL SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida en contra del ciudadano: PEDRO ANTONIO DALE COLON, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.968.986, residenciado en: Barrio Las Flores, Calle Principal, Casa Nº 3- A, San Mateo, Estado Aragua, presuntamente involucrado en la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1º y 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, de acuerdo a lo establecido en los artículos 45 y 48 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia SE EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL Y POR ENDE LA PROSECUCIÓN DEL PROCESO PENAL MILITAR SEGUNDO: Se procederá a remitir las actas de la Causa correspondiente al Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal Militar de acuerdo a lo pautado en el artículo 98 del Código Orgánico de Justicia Militar en su oportunidad legal.