El Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad le de Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa, a favor del Imputado desconocido, de conformidad con lo establecido en el numeral 3° del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.