DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado TONY ARMANDO LIZCANO JAIMES, Defensor del ciudadano JOEL ALFONSO ROJAS RINCÓN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.193.948, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar con sede en San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha dos de febrero de dos mil cinco, en relación a la solicitud de nulidad absoluta planteada por la defensa y SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación en cuanto a la excepción opuesta, por lo que se ACUERDA remitir las actuaciones al Tribunal Militar Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar con sede en San Cristóbal, Estado Táchira, a los fines de que emita el pronunciamiento correspondiente, en presencia de las partes, a objeto de cumplir con el debido proceso y el derecho a la defensa.